Nuestro enfoque de cumplimiento normativo
Reglas internas
Nuestra cultura de cumplimiento normativo y riesgo contribuye a mejorar la confianza de nuestros clientes y la excelencia de las relaciones
Indosuez ha establecido reglas internas al objeto de cumplir las leyes y normativas específicas de las actividades bancarias y financieras.
Este enfoque nos ayuda a preservar la confianza de nuestros grupos de interés (clientes, empleados, inversores, reguladores, proveedores, etc.).
En efecto, en un contexto cada vez más complejo y regulado, en los últimos años las instituciones bancarias han sido obligadas a elevar su nivel de conocimiento del cliente. Estas obligaciones de garantizar la exactitud de la información que poseemos sobre los clientes permiten a los bancos conocer mejor a sus clientes, asistirlos y protegerlos mejor.
Para mayor claridad, hemos plasmado nuestro enfoque de cumplimiento normativo en:
- el cumplimiento normativo, principios con altas exigencias;
- el cumplimiento normativo a su servicio;
- nuestra contribución a la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, el fraude y la corrupción;
- nuestra contribución al intercambio internacional de datos fiscales y la lucha contra la evasión fiscal.
Código de conducta
El cumplimiento normativo, principios con altas exigencias: nuestro Código de conducta
Indosuez cuenta con una Carta ética y un Código de conducta que pone en práctica los compromisos de esta Carta.
Está concebido para orientar todas nuestras acciones, decisiones y comportamientos de cada día. Además de la adopción de todas las normas legislativas, reglamentarias y profesionales que rigen nuestras diversas actividades, el Código de conducta refleja nuestro deseo de esforzarnos aún más para prestar un mejor servicio a nuestros clientes y satisfacer a todos nuestros grupos de interés.
El cumplimiento normativo a su servicio
1. Presentar una reclamación
Para presentar cualquier reclamación derivada de su relación con nuestra entidad, le invitamos, en un primer momento, a dirigirse a su persona de contacto habitual. Con el fin de facilitar la tramitación de su reclamación, su solicitud deberá indicar su número de cuenta, su nombre y apellidos y su dirección, así como una explicación detallada del motivo de la reclamación.
Recibirá un acuse de recibo en un plazo de 10 días hábiles.
Haremos todo lo posible por estudiar su reclamación y responder a su solicitud en un plazo de 30 días hábiles a contar desde la fecha de su recepción. Si la reclamación se refiere a un servicio de pago, el plazo de tramitación fijado es de 15 días. Si no pudieran respetarse dichos plazos, nuestra entidad se compromete a informarle de esta circunstancia antes de que dichos plazos expiren.
En un segundo momento, podrá dirigirse al «Responsable de la tramitación de reclamaciones» de la Dirección, ya sea por correo ordinario dirigido a la dirección postal, ya sea por correo electrónico a través del sistema de correo electrónico seguro de su servicio de eBanking. Nuestra entidad se compromete a enviarle un acuse de recibo y a responderle en los mismos plazos mencionados anteriormente.
Si no está satisfecho con la respuesta proporcionada, o si se ha superado el plazo previsto, podrá iniciar un procedimiento de resolución extrajudicial en el plazo de un año a contar desde la fecha de la reclamación:
- En el caso de CA Indosuez Wealth (Europe) en Luxemburgo, ante la Commission de Surveillance du Secteur Financier (CSSF), con arreglo a las condiciones y en la forma previstas por el Reglamento 16-07 de la CSSF, disponible en su página web: http://www.cssf.lu/fr/consommateur/reclamations/.
- En el caso de CA Indosuez Wealth (Europe), Belgium Branch, ante el Ombudsfin, con arreglo a las condiciones y en la forma que se indican en su página web: https://www.ombudsfin.be/fr/particuliers/introduire-une-plainte/.
- En el caso de CA Indosuez Wealth (Europe), Sucursal en España, ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, con arreglo a las condiciones y en la forma que se indican en su página web: https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/.
- En el caso de CA Indosuez Wealth (Europe), Sucursal em Portugal, a la Commission de Surveillance du Secteur Financier, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el Reglamento 16-07 de la CSSF, disponible en la página web: http://www.cssf.lu/fr/consommateur/reclamations/. El Cliente también podrá presentar una reclamación relativa a los servicios prestados al Banco de Portugal o a la CMVM, en el ámbito de sus respectivas competencias, a través de los contactos disponibles en www.clientebancario.bportugal.pt y www.cmvm.pt, respectivamente.
- En el caso de una actividad de intermediación de seguros, puede presentar una reclamación ante el Commissariat aux Assurances (CAA) de Luxemburgo, con arreglo a las condiciones y en la forma previstas por el Reglamento n.º 19/03 del CAA, disponible en su página web: http://www.caa.lu/fr/consommateurs/resolution-extrajudiciaire-des-litiges.
2. «Proteger sus datos y los de terceros» (RGPD)
Sus datos personales tienen gran valor, por lo que Indosuez ha adoptado un sistema y medidas específicas para garantizar su total confidencialidad y seguridad, así como para controlar su uso (supervisión de las actividades que requieren el tratamiento de sus datos, gestión de su conservación, respuesta a ejercicios de derechos, etc.).
En Luxemburgo, la autoridad competente en materia de protección de datos es la Commission nationale pour la protection des données (CNPD - www.cnpd.public.lu).
En Bélgica, la autoridad competente en materia de datos personales es la Autorité de Protection des Données (https://www.autoriteprotectiondonnees.be).
En España, la autoridad competente en materia de protección de datos es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD: aepd.es).
En Italia, la autoridad competente en materia de protección de datos también está diseñada para implementar el Reglamento General sobre protección de datos (RGPD) 2016/679 (https://www.garanteprivacy.it/).
En Portugal, la autoridad competente en materia de protección de datos personales es la Comisión Nacional de Protección de Datos ("CNPD" - www.cnpd.pt).
> Más información sobre nuestra política de protección de datos
3. Protegerle en los mercados financieros
Los mercados financieros ofrecen numerosas oportunidades de inversión y rentabilidad, pero, al mismo tiempo, riesgos muy diversos que hay que identificar bien para responder adecuadamente a su deseo de riesgo.
En un contexto marcado por la complejidad de los mercados financieros, los profesionales de Indosuez le ofrecen toda su experiencia y conocimientos para apoyarle desde esa perspectiva.
4. Asistirle en sus inversiones
Junto a usted, nos aseguramos de evaluar su competencia financiera en función de su conocimiento y experiencia en productos financieros, su situación financiera y su objetivo de inversión.
Por consiguiente, nos aseguramos de que todo nuestro asesoramiento de inversión y recomendaciones de productos se adapten a su perfil de riesgo.
Además, antes de realizar cualquier operación, nuestros profesionales le proporcionan información adaptada sobre los productos financieros y sus riesgos, lo que le permite entender bien en qué consisten las operaciones.
5. Informarle sobre nuestra política de gestión de conflictos de intereses
Hay diversas situaciones en las que puede surgir un conflicto de intereses en el ejercicio de las actividades bancarias o financieras. En general, podría existir un conflicto cada vez que una situación pueda afectar a los intereses de un cliente.
Las tres categorías principales de posibles conflictos de intereses son:
- conflictos relacionados con un cliente y otro cliente;
- conflictos que afectan al Banco (o al Grupo al que pertenece) y sus clientes;
- conflictos que afectan a empleados del Banco y al Banco, o a los intereses de sus clientes.
Indosuez se reafirma en el principio de prevalencia del interés del Cliente y ha adoptado controles internos adecuados, incluida una revisión periódica de las actividades y operaciones específicas para detectar situaciones que podrían provocar el surgimiento de un conflicto de intereses.
También cuenta con procedimientos de alerta para casos potenciales y verificados de conflicto de intereses. La política de Indosuez prevé asimismo el registro de los tipos de servicios y actividades ejercidos para los cuales se ha producido o podría producirse un conflicto de intereses que conlleve un riesgo significativo de daño a los intereses de uno o varios de sus clientes.
> Más información sobre nuestra política de gestión de conflictos de intereses
6. Emitir una denuncia de irregularidades
Nuestra Banca participa activamente en la lucha contra los comportamientos poco éticos, delictivos o criminales y en el respeto de las normas anticorrupción vigentes.
En caso de un acontecimiento sospechoso, acompañamos a cualquier empleado -interno o externo- y a cualquier proveedor que desee ejercer su derecho de alerta.
Con este fin, se ha desarrollado una herramienta de denuncia de irregularidades. Garantiza un entorno estrictamente confidencial que le permitirá exponer los hechos y comunicarse e intercambiar con la persona de referencia responsable de procesar su mensaje de denuncia, al tiempo que protege su identidad.
Le recordamos que el derecho de denuncia de irregularidades debe ejercerse de forma desinteresada y de buena fe. Si es necesario, el acceso a la herramienta se realiza a través del siguiente enlace: https://www.bkms-system.com/Groupe-Credit-Agricole/ethic-alerts
7. Conocer nuestra política de mejor ejecución (Best Execution)
En tanto que cliente de Indosuez, usted puede recurrir a nuestros servicios de inversión para la ejecución de instrumentos financieros.
En dicho marco, y dentro de la preocupación permanente de nuestro banco por prestar el mejor servicio a sus clientes, Indosuez se compromete a ejecutar sus órdenes de la forma descrita en la presente Política de mejor ejecución.
> Más información sobre nuestra política de mejor ejecución (Best Execution)
> RTS 2023
8. Nuestras disposiciones relativas a las Directivas MiFID
El 3 de enero de 2018 entró en vigor la Directiva MiFID sobre mercados de instrumentos financieros. Su objetivo es reforzar considerablemente la protección de los inversores, la organización y la integridad de los mercados.
El objetivo de la MiFID II es ofrecer a cada usuario final una mayor transparencia, de modo que cada entidad de inversión debe asegurarse de tomar todas las medidas necesarias para lograr los mejores resultados posibles por cuenta de sus clientes.
Clasificación de los clientes
Cada cliente recibirá del grupo Indosuez un tratamiento correspondiente a su categoría por lo que respecta a la provisión de un servicio de inversión y/o servicio relacionado, o la realización de una operación. Por tanto, la normativa prevé una protección más o menos amplia del cliente, dependiendo de su categoría; por ejemplo, un cliente no profesional tendrá una mayor protección que un cliente profesional.
La clasificación del cliente se realiza de acuerdo con la normativa aplicable y teniendo en cuenta la información del cliente recabada por el Grupo con el cliente.
El cliente puede solicitar que se le clasifique en una categoría diferente. Una solicitud para un cambio de categoría puede hace que el cliente tenga una protección reducida («asignación a una clase superior») o una protección mayor («asignación a una clase superior inferior»). Antes de cualquier solicitud de cambio de categoría, se recomienda consultar las protecciones asociadas a cada categoría según figuran el documento de información relativo a la categorización de clientes, así como consultar a su contacto habitual en el banco.
Evaluación e información del cliente
Los bancos deben evaluar a sus clientes en función de criterios de conocimiento y experiencia de productos financieros, de situación financiera y objetivo de inversión, según sea el caso. Por ejemplo, si el banco proporciona asesoramiento de inversión a un cliente, debe asegurarse de que los productos recomendados sean adecuados para su perfil y categoría.
Además, las instituciones financieras deben facilitar información específica al cliente sobre productos financieros y sus riesgos, antes de una operación o transacción. Para clientes no profesionales, esta información puede ser un documento de datos fundamentales, según lo estipulado en el reglamento sobre PRIIP.
AML/CFT
Nuestra contribución a la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, el fraude y la corrupción
En el marco de las obligaciones legales y normativas vigentes y en aplicación de la política del grupo Crédit Agricole S.A., Indosuez ha adoptado un sistema dedicado a la prevención del blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la corrupción, así como el cumplimiento de las medidas de embargo y congelación de activos. Este sistema concierne a todas sus entidades.
1. Nuestras obligaciones internacionales
Las obligaciones internacionales son:
- las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) adoptadas en febrero de 1990 y revisadas en febrero de 2012 para evitar el uso del sistema bancario con fines de blanqueo de capitales de origen delictivo;
- la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.° 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión (Texto pertinente a efectos del EEE). La Directiva de la UE 2015/849 tiene como objetivo armonizar la legislación de los Estados miembros. Se complementa con la nueva Directiva 2018/843 del 30 de mayo de 2018 (la 5.ª Directiva), que se encuentra en proceso de transposición a la legislación de cada uno de los Estados miembros.
2. Nuestras obligaciones nacionales
El blanqueo de capitales se define normalmente como facilitar, por cualquier medio, la falsa justificación del origen de bienes o ingresos del autor de un delito o falta que le ha reportado un beneficio directo o indirecto, así como ayudar en la colocación, ocultación o conversión del producto de cualquiera de esos delitos. Dicho de otro modo, se trata de hacer que fondos de origen delictivo parezcan legales.
La financiación del terrorismo es la provisión o recaudación por cualquier medio, directa o indirectamente, ilícita y deliberadamente, de fondos, valores o bienes de cualquier tipo, con la intención de emplearlos o con el conocimiento de que se emplearán, total o parcialmente, para cometer o intentar cometer un acto de terrorismo, aunque en realidad no se hayan utilizado para ese fin o no estén relacionados con uno o varios actos terroristas específicos.
Si ambos delitos no se controlan y tratan de manera efectiva, pueden tener graves costes sociales, políticos y económicos, y promover el desarrollo de organizaciones criminales. Al objeto de proteger el sistema financiero contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, el Banco ha adoptado medidas preventivas, de detección e investigación.
3. Nuestros compromisos
Una directiva del Grupo define la organización y las obligaciones de una división de «Seguridad financiera», dedicada al control y la gestión de riesgos relacionados con el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, la corrupción, los embargos y la congelación de activos.
Esta división forma parte integral del sistema de supervisión del cumplimiento normativo del Grupo.
Ha establecido procedimientos:
- de conocimiento de los clientes y sus usufructuarios: Know Your Customer y, más concretamente,
- la identificación del cliente y la verificación de su identidad;
- la identificación del usufructuario y la adopción de medidas razonables para verificar la identidad de esa persona;
- la evaluación y, en su caso, la obtención de información sobre el propósito y la naturaleza prevista de la relación comercial;
- el ejercicio del control continuo de la relación comercial, manteniendo actualizados los documentos, datos o información en su poder.
- de supervisión de los flujos, en aplicación de las normas de embargo (p. ej., Fircosoft), congelando activos e identificando a los ordenantes de las transferencias de fondos (Recomendación n.º 16 del GAFI);
- de declaración de operaciones y transacciones sospechosas a la Unidad de Inteligencia Financiera;
- de formación de todos los empleados pertinentes. Crédit Agricole CIB participó activamente en la elaboración del aprendizaje electrónico de Place LAB-FT, impulsado por Centro de Formación de la Profesión Bancaria (CFPB), con la ayuda de la Federación Bancaria Francesa (FBF);
- de supervisión del cumplimiento normativo de los procedimientos y medidas establecidos para cumplir con las obligaciones mencionadas anteriormente;
- de documentación, archivo, mantenimiento de expedientes y creación de registros de auditoría.
Asimismo, dentro del Grupo Crédit Agricole S.A., se han planteado los principios de intercambio de información necesarios para combatir el blanqueo de capitales, la corrupción y la financiación del terrorismo.
Cada unidad del grupo cuenta con un responsable de Seguridad Financiera, encargado de adoptar las normas del grupo y las obligaciones locales. Nuestros compromisos se plasman en parte en los siguientes documentos:
4. La lucha contra el fraude y la corrupción
Indosuez se esfuerza al máximo para luchar contra el fraude interno y externo, así como contra la corrupción. Todos los empleados deben adoptar una conducta comercial de acuerdo con la normativa anticorrupción francesa (Sapin II) y aplicable en los países en los que estamos presentes. Nuestra política sobre esta es de tolerancia cero, por ejemplo, con respecto a los pagos de facilitación.
Intercambio internacional
Nuestra contribución al intercambio internacional de datos fiscales y la lucha contra la evasión fiscal
Indosuez se esfuerza al máximo para cumplir las normativas de tipo fiscal, que incluyen:
1. Normativa FATCA
La FATCA (Ley de cumplimiento fiscal de cuentas extranjeras) es una normativa estadounidense que tiene como objetivo combatir la evasión fiscal de los ciudadanos y residentes estadounidenses que poseen activos financieros fuera de Estados Unidos. La autoridad fiscal estadounidense (IRS: Internal Revenue Service) ha adoptado un sistema para recabar anualmente de las instituciones financieras extranjeras información relativa a los activos y rendimientos de contribuyentes estadounidenses fuera de Estados Unidos.
Esta normativa obliga a todas las instituciones financieras a adoptar procedimientos para identificar a los clientes estadounidenses. En caso contrario, estarán sujetas a una retención fiscal del 30 % sobre todos los flujos de efectivo de origen estadounidense o de origen estadounidense que reciban por su cuenta o por cuenta de sus clientes.
Con vistas a facilitar la aplicación de esta ley, se han negociado acuerdos intergubernamentales con numerosos países, Francia incluida. Dichos países se comprometen a transponer a su derecho interno las obligaciones de comunicación de información de la FATCA.
N.º DE IDENTIFICACIÓN FATCA: CEQ4EV.00068
GIIN (Global Intermediary Identification Number): CEQ4EV.00068.ME.442
Fecha de validación del registro: Fecha efectiva del registro: 7/4/2014. Fecha efectiva del registro: 30/6/2014
2. Comunicación sobre el intercambio automático de información
En el marco de la lucha contra la evasión fiscal, la OCDE elaboró en julio de 2014 una nueva norma para el intercambio automático de información fiscal entre los estados, el Estándar común de comunicación (Common Reporting Standard, CRS). Unos 60 países, incluida Francia, ya se han comprometido a intercambiar información a partir de 2017 de acuerdo con este nuevo estándar, y otros 30 a partir de 2018.
Al mismo tiempo, el 9 de diciembre de 2014 el Consejo de la Unión Europea adoptó una nueva Directiva de cooperación administrativa revisada 2014/107/UE («CAD»), por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE. La nueva Directiva, basada en el estándar de la OCDE, amplía el ámbito de aplicación del intercambio de inteligencia entre las autoridades fiscales de los Estados miembros de la Unión Europea.
La norma obliga a las instituciones financieras (bancos, depositarios, compañías de seguros de vida, etc.) radicadas en los países signatarios a identificar a los titulares de cuentas residentes de impuestos de los países con los que se ha celebrado un acuerdo de intercambio, y a transmitir anualmente información (datos de contacto del titular, saldos de cuenta, ingresos recibidos, ingresos brutos de la transferencia de valores, etc.) a su autoridad fiscal. Esta última transmitirá a su vez los datos a las diferentes administraciones interesadas.
Contratos de derivados extrabursátiles
Información sobre los contratos de derivados extrabursátiles
En aplicación del artículo 11, apartado 11, del REGLAMENTO (UE) N. º 648/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, CA Indosuez Wealth (Europe) disfruta de una exención intragrupo de la obligación de intercambiar garantías de la siguiente manera:
- Contraparte afectada: Crédit Agricole Corporate and Investment Bank, sociedad anónima con domicilio social en 12, Place des Etats-Unis, 92547 Montrouge Cedex (Francia), inscrita en el Registro Mercantil de Nanterre con el número 304 187 701, código LEI: 1VUV7VQFKUOQSJ21A208;
- Crédit Agricole Corporate and Investment Bank y CA Indosuez Wealth (Europe) forman parte del Grupo Crédit Agricole;
- La exención es total para las clases «Divisas», «Tipos de interés» y «Acciones»;
- Importe nocional acumulado de los contratos de derivados extrabursátiles a los que se aplica la exención intragrupo: no aplicable (exención total).
- Contraparte afectada: CA Indosuez, sociedad anónima con domicilio social sito en 17, rue du Docteur Lancereaux, 75008 París (Francia), registrada en el Registro Mercantil de París con el número 572 171 635;
- CA Indosuez y CA Indosuez Wealth (Europe) forman parte del Grupo Crédit Agricole;
- La exención es total para las clases «Divisas», «Materias primas» y «Acciones»;
- Importe nocional acumulado de los contratos de derivados extrabursátiles a los que se aplica la exención intragrupo: no aplicable (exención total).
Nuestra política de SFDR
El Reglamento de la UE 2019/2088 sobre la presentación de informes de sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (SFDR), que entró en vigor el 10 de marzo de 2021, exige a sus actores que publiquen sus políticas con respecto a:
- La integración de los riesgos de sostenibilidad en su proceso de toma de decisiones de inversión,
- La consideración de los principales impactos negativos de las decisiones de inversión en los factores de sostenibilidad,
- La integración de los riesgos de sostenibilidad en su política de remuneración.
Información relativa al grupo Indosuez Wealth Management:
- Política ESG del grupo Indosuez Wealth Management
- Política de riesgo de sostenibilidad del grupo Indosuez Wealth Management
- Política del grupo Indosuez Wealth Management para tener en cuenta los Principales Impactos Adversos (PAI) de las decisiones de inversión en factores de sostenibilidad
- Mandato People & Planet:
- Aviso precontractual
- Información sobre financiación sostenible a nivel de producto - Mandato Compass Strategy:
- Aviso precontractual
- Información sobre financiación sostenible a nivel de producto - Mandato World to Come :
- Aviso precontractual
- Información sobre financiación sostenible a nivel de producto